Cuarenta y cinco días después de la elección y veinticinco días más tarde de que se diera a conocer un informe preliminar, el 4 de diciembre de 2019 la Organización de Estados Americanos (OEA) publicó su Informe Final – Análisis de Integridad Electoral de las Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. Dada la importancia que para el proceso político de ese país tiene este documento, resulta de interés comentarlo y analizarlo, aun y cuando nos concentremos exclusivamente en lo relativo al estado de las actas y datos electorales, sin tocar los puntos relacionados con los sistemas informáticos y con asuntos procedimentales, que demandarían otro tipo de análisis.

Después de los comicios en cuestión y sobre todo desde que se publicara el informe preliminar de la OEA y ocurriera un cambio en el gobierno boliviano, varios puntos han estado a discusión en torno a los resultados de la elección presidencial de Bolivia del 20 de octubre de 2019. Para no dejar cabos sueltos, profundizaremos en algunos de estos puntos, no sin antes recordar que la tarea de un análisis forense electoral no es demostrar la inexistencia de un fraude, lo que resulta una labor imposible, sino solamente constatar la existencia o ausencia de evidencia que demuestre que ocurrieron irregularidades de determinado tipo y magnitud que afectaran significativamente el resultado de una elección.

En cualquier caso, la ausencia de evidencia detectada en un análisis no prueba la inexistencia del mismo, sino solamente la carencia de pruebas que lo confirmen a partir de un enfoque determinado y con los elementos utilizados para un análisis específico. Es importante tener presente que, ante acusaciones de fraude electoral, la carga de la prueba recae siempre en quienes afirmen la existencia de irregularidades de tal magnitud que se haya modificado de manera determinante el resultado de la elección. En este caso, ello sería la demostración de la presencia de adulteraciones en el resultado que hayan provocado que se otorgara el triunfo al candidato más votado en primera vuelta, sin que pudiera constatarse de manera fehaciente —una vez eliminadas las fuentes de irregularidad— que dicho candidato obtuvo una ventaja suficiente, de al menos diez por ciento, para no requerir que se convocara a una segunda vuelta.

Errores y faltantes

Aunque todas las actas de esta elección están disponibles en el sitio oficial del Tribunal Supremo Electoral de Bolivia, es sumamente difícil y podría ser controvertida una revisión unilateral y no arbitrada de esta documentación. Es por ello que decidimos asumir los resultados de un ejercicio de consulta y análisis completo de estas actas, independiente a la autoridad electoral y que por su origen no pudiera acusarse de representar los intereses de quienes gobernaban en aquel momento en Bolivia.

Así, tomamos los listados de mesas con irregularidades incluidos en el Informe de observaciones técnicas al proceso de cómputo de resultados de las elecciones presidenciales octubre 2019, elaborado por la Federación Universitaria de Docentes de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, cuya última revisión está fechada en la ciudad de Sucre, Bolivia, el 5 de noviembre de 2019. En particular, se registran y contabilizan los casos ubicados bajo cuatro distintos rubros en que se detectaran ausencias de información que debiera estar presente en actas de la elección presidencial: actas que no contienen las huellas dactilares de los delegados de mesa, actas que no contienen la firma de los jurados o que carecen del nombre o clave de identificación de los mismos y actas que no tienen el nombre o la firma de al menos un delegado de partido ante una mesa.

Se excluyen del recuento las irregularidades relacionadas con las actas incorporadas al sistema de información denominado Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), por carecer de condición vinculante; y las actas consideradas como no pertinentes a partir de relaciones estadísticas supuestas entre los datos acopiados inicialmente y los incorporados al final del proceso de cómputo, porque no corresponden a adulteraciones documentadas en las actas mismas, sino al incumplimiento de condiciones impuestas por quienes realizan el análisis.

Todas estas irregularidades, en caso de ser ciertas, debieron ser causa de anulación de la votación en las mesas correspondientes y las contabilizamos bajo la etiqueta de «datos incompletos», siendo un total de 417 actas (1.21% del total). Su exclusión hubiera representado la disminución de la diferencia entre el primero y el segundo lugar del 10.56% oficializado a 10.43%, persistiendo sin embargo la condición de victoria del ganador sin necesidad de una segunda vuelta (Tablas 1 y 2).

Elección para Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia (20 de octubre de 2019)

Tabla 1. Resultado del análisis del universo de actas del cómputo electoral (absolutos)

Etapa/Cambio

Mesas

Inscritos

Válidos

MAS-IPSP

CC

MV

ACTAS CON PROBLEMAS

1355    

277539    

230523    

117330    

72110    

45220    

Con errores aritméticos

950    

201789    

167381    

85110    

54698    

30412    

Con datos incompletos

417    

78223    

65225    

33219    

18103    

15116    

– Sin huella de delegados

155    

31091    

25939    

11377    

9417    

1960    

– Sin firma de jurados

43    

8635    

7162    

3382    

2189    

1193    

– Sin identificar jurados

23    

4863    

4011    

1829    

1236    

593    

– Sin firma de delegados

197    

33865    

28325    

16760    

5304    

11456    

ACTAS SIN PROBLEMAS

33200    

7037825    

5907148    

2772029    

2168810    

603219    

Sin errores aritméticos

33605    

7113575    

5970290    

2804249    

2186222    

618027    

Con datos completos

34138    

7237141    

6072446    

2856140    

2222817    

633323    

CÓMPUTO ELECTORAL

34555    

7315364    

6137671    

2889359    

2240920    

648439    

NOTA: Las irregularidades y problemas no corresponden a la suma de las opciones, debido a la duplicación de mesas en distintos rubros.

Fuente: Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia (https://computo.oep.org.bo/#) y Federación Universitaria de Docentes de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, Informe de observaciones técnicas al proceso de cómputo de resultados de las elecciones presidenciales octubre 2019, Sucre, Bolivia, última revisión: 5 de noviembre de 2019.

 

Elección para Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia (20 de octubre de 2019)

Tabla 2. Resultado del análisis del universo de actas del cómputo electoral (relativos)

Etapa/Cambio

Mesas

Inscritos

Válidos

MAS-IPSP

CC

MV

ACTAS CON PROBLEMAS

3.92%   

3.79%   

3.76%   

50.90%   

31.28%   

19.62%   

Con errores aritméticos

2.75%   

2.76%   

2.73%   

50.85%   

32.68%   

18.17%   

Con datos incompletos

1.21%   

1.07%   

1.06%   

50.93%   

27.75%   

23.18%   

– Sin huella de delegados

0.45%   

0.43%   

0.42%   

43.86%   

36.30%   

7.56%   

– Sin firma de jurados

0.12%   

0.12%   

0.12%   

47.22%   

30.56%   

16.66%   

– Sin identificar jurados

0.07%   

0.07%   

0.07%   

45.60%   

30.82%   

14.78%   

– Sin firma de delegados

0.57%   

0.46%   

0.46%   

59.17%   

18.73%   

40.44%   

ACTAS SIN PROBLEMAS

96.08%   

96.21%   

96.24%   

46.93%   

36.72%   

10.21%   

Sin errores aritméticos

97.25%   

97.24%   

97.27%   

46.97%   

36.62%   

10.35%   

Con datos completos

98.79%   

98.93%   

98.94%   

47.03%   

36.60%   

10.43%   

CÓMPUTO ELECTORAL

100.00%   

100.00%   

100.00%   

47.08%   

36.51%   

10.56%   

NOTA: Las irregularidades y problemas no corresponden a la suma de las opciones, debido a la duplicación de mesas en distintos rubros.

Fuente: Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia (https://computo.oep.org.bo/#) y Federación Universitaria de Docentes de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, Informe de observaciones técnicas al proceso de cómputo de resultados de las elecciones presidenciales octubre 2019, Sucre, Bolivia, última revisión: 5 de noviembre de 2019.

 

Adicionalmente, se constató la existencia de 950 actas con errores aritméticos en sumas que debieron ser oportunamente corregidas para el cómputo definitivo y cuya detección es posible simplemente mediante el cotejo de los datos de votación en cada mesa atribuidos a cada componente con la sumatoria indicada en la base correspondiente. Si bien dichas actas incluyen un total de 167381 votos, la variación en la cantidad de sufragios que representaría sería apenas de 107 votos menos (merced a aumentos de 5211 votos y disminuciones de 5318 votos). A pesar de ello, y como mero ejercicio de análisis, en este texto se asume la posibilidad de cancelar la votación en la totalidad de este 2.75% de mesas, que provocaría que el resultado cambiara del 10.56% de diferencia reportado oficialmente entre los dos primeros lugares en la elección a 10.35%, manteniéndose una distancia que habría resuelto la elección sin necesidad de segunda vuelta.

Es de mencionarse que existen 42 mesas en las que el total de votos reportados como emitidos, producto de la sumatoria de los votos válidos anotados más los votos en blanco y los nulos, rebasaría la cantidad de electores inscritos en dichas mesas. Pues bien,  resulta que todas estas mesas corresponden a casos en que existen errores aritméticos en la  contabilidad de votos, por lo que al realizarse la suma directa de sufragios adjudicados a cada uno de los partidos y añadirles los votos nulos y en blanco, la cantidad de votos resultantes sería inferior o a la sumo igual al número de electores inscritos, por lo que la existencia de tasa de participación superiores al cien por ciento sería un efecto de errores en sumas y no un hecho real.

Respecto a la participación en esta elección, se ha mencionado que la distribución de mesas presenta una peculiar concentración de casos en el límite superior, un “chipote”. Sin embargo, habría que considerar que en Bolivia el voto es obligatorio, lo que deriva en elevadas concurrencias a votar, y que la concentración indicada es un efecto de la escala que se adopta, pues su presencia se elimina al tomar el logaritmo de la tasa de participación y no la proporción en sí misma (Gráfica 1). Cuando así se hace, la curva en el tramo superior, ubicado entre log=-0.08 y log=0.00, se aproxima a una distribución normal.

Algo semejante pasa con la supuesta acumulación de mesas en las que un partido, generalmente el ganador, obtendría la totalidad de los votos. Cuando lo que se ve es la competitividad por mesa, medida a través del indicador convencional del número efectivo de partidos (N), equivalente al inverso de la sumatoria de los cuadrados de las proporciones de voto por contendiente, se encuentra que existe una tendencia pausada y ordenada a la elevación de la competitividad entre mesas con un partido efectivo y mesas que alcanzan el valor promedio de entre 2.4 y 2.7 partidos efectivos, descendiendo luego también de manera paulatina hasta superar el nivel de los cuatro partidos efectivos (Gráfica 2).

Regresando al punto central del cómputo y los efectos de posibles irregularidades en los datos, ¿qué pasa si aceptamos la eliminación simultánea de la contabilidad de votos de todas las mesas donde se presentaron errores aritméticos o datos incompletos? En total, se excluirían del cómputo 1355 actas (3.92% del total), reduciéndose la brecha entre los dos primeros lugares a 10.21%, lo que todavía dejaría como resuelta la elección en la primera vuelta (Gráfica 3).

De haberse anulado y repetido la votación en ese casi cuatro por ciento de mesas con problemas aritméticos o con ausencia de alguna firma, huella o dato relevante, lo esperable, dada su ubicación geográfica, condición ordinaria o especial (indígena) y patrón previo de votación habría sido en todo caso la ampliación del margen de victoria a favor del candidato situado en el primer lugar, como los datos que habrían sido invalidados mostraron en su momento. No existe ningún argumento que permita suponer que en las mesas que se hubieran anulado en un ejercicio estricto de revisión el principal candidato opositor hubiera revertido la diferencia y obligado que se tuviera que convocar una segunda vuelta electoral.

Este ejercicio viene así a confirmar que, revisando las actas, la elección de Bolivia tuvo irregularidades por datos incompletos o errores aritméticos que afectarían a menos del cuatro por ciento de la votación, lo que provocaría una menor distancia del candidato más votado respecto de su competidor más próximo, pero sin ponerse en entredicho su condición de ganador en la primera vuelta.

El informe de la OEA

La OEA realizó un estudio pericial de una muestra de 4,692 actas electorales en formato digital (13.58% del total de actas), a partir de mesas correlativas de los siguientes universos de estudio: actas en las que el MAS-IPSP obtuvo el 90% o más de los votos; actas procesadas en el cómputo oficial luego de la interrupción del TREP el día de la elección, en las que el MAS-IPSP obtuvo más del 99%; y actas ingresadas directamente al cómputo oficial que no fueron incluidas en el TREP, en las que el MAS-IPSP obtuvo igual o más del 77% de los votos. Es de referirse que los cortes establecidos a distintos niveles de votación para el partido que obtuvo más sufragios no son justificados en el informe.

Así, existe un sesgo de origen en las actas observadas por los peritos de la OEA, puesto que corresponden a mesas en las que la votación fue significativamente más elevada para el MAS-IPSP que para sus opositores. Por ende, cuando se considera el segmento de actas donde se detectaron irregularidades, necesariamente se encontrará una votación muy elevada por este partido político y, por ende, la estimación de un resultado que excluya la votación en las mesas en que se descubrieron defraudaciones inevitablemente llevará a una disminución de la proporción de votos por el MAS-IPSP y por lo tanto de la diferencia entre este partido y su más cercano competidor.

La existencia de esta lógica en la selección de la muestra de actas a observar en la auditoría practicada por la OEA impide agregar los resultados de este ejercicio con los de otras fuentes que parten de una revisión que pretende ser cabal y neutra y, por ende, no asumir sesgos de origen, por lo que excluimos este tipo de ejercicios de agregación.

Asimismo, a partir de la auditoría practicada por la OEA es inviable suponer cuáles serían las condiciones en que se encontrarían las actas no revisadas, ni que efectos tendrían potenciales irregularidades que pudieran presentarse en el cómputo de votos de esas mesas, pues por la propia manera en que se definió la muestra utilizada en el informe se asume que los casos observados y cuestionados no tendrían por qué ser representativos del universo de actas generadas en la elección.

Además de documentar cuatro casos en que firmas de los jurados en el acta original no se corresponden con las firmas que se presentan en la copia química, e incluso uno en que se descubre la franca falsificación de firmas, y dejando de lado irregularidades menores referidas primordialmente a errores aritméticos contenidos en actas de votación en el exterior, el informe final de la OEA reporta irregularidades de carácter pericial en 226 mesas específicas (4.9% de las actas en la muestra seleccionada), la mayoría vinculadas con el hecho de que dos o más actas de un mismo centro de votación fueron llenadas por una misma persona, denotando según el informe “irregularidad de interés pericial y transgresión de las atribuciones de los jurados de mesa”.

Al acusar esta situación, el peritaje hace caso omiso del hecho de que no existe prohibición legal alguna de que una misma persona escriba el nombre e identificación de los integrantes de las mesas, además de que en la mayoría de los casos constan huellas y/o firmas de las personas involucradas en el supuesto fraude, lo que respaldaría su efectiva presencia y participación en las mesas, a la que sí están obligados los jurados electorales de conformidad con la fracción IV del artículo 44 del Reglamento para las Elecciones Generales 2019, y con la exigencia legal de que se garantice el registro de su firma en el acta electoral, según lo establecido en el artículo 49 del mismo ordenamiento.

En esta auditoria se hubiera esperado que se revisara no sólo la coincidencia en la grafía con la que se inscribieron los nombres y datos de los jurados y los delegados, sino la diferencia o coincidencia existente también en los trazos de las firmas y en las huellas digitales incluidas en las actas, lo que resulta más relevante dadas las estipulaciones legales.

Empero, de haberse hecho lo anterior, se hubiera tenido que descartar como irregulares muchas, si no la mayoría, de las actas con supuestas manipulaciones por haber sido llenadas por una misma persona, lo que habría dejado sin mayor sustento la descalificación de los resultados de la elección e impedido afirmar “que ha habido una serie de operaciones dolosas encaminadas a alterar la voluntad expresada en las urnas”, como concluye el informe final de la OEA.

Las actas con adulteraciones reportadas en este informe suman cerca de 39 mil votos, casi 91% de los cuales fueron supuestamente emitidos a favor del MAS-IPSP. De realizarse un ejercicio de exclusión de los votos emitidos en estas 230 mesas en que se detectaron manipulaciones según los criterios asumidos por la OEA, se tendría que en el 99.3% de las mesas que no tendrían observaciones el MAS-IPSP mantendría una ventaja de más de diez puntos sobre la CC, 10.07% para ser exactos (Tablas 3 y 4), por lo que aún eliminando de manera selectiva y sesgada los votos emitidos en mesas elevadamente favorables para el partido ganador, la auditoría no habría logrado reducir la diferencia de forma tal que aporte pruebas contundentes de que el margen de victoria fue inferior a los diez puntos requeridos para que fuera legalmente necesaria una segunda vuelta (Gráfica 4). Y aquí vale la pena recordar que, como se menciona al principio de este texto, la carga de la prueba recae en quien acusa la existencia de un fraude.

 

Elección para Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia (20 de octubre de 2019)

Tabla 3. Resultado del análisis de la OEA de las actas del cómputo electoral (absolutos)

Etapa/Cambio

Mesas

Inscritos

Válidos

MAS-IPSP

CC

MV

ACTAS CON IRREGULARIDADES

230    

45149    

38908    

35393    

1080    

34313    

ACTAS SIN IRREGULARIDADES

34325    

7270215    

6098763    

2853966    

2239840    

614126    

CÓMPUTO ELECTORAL

34555    

7315364    

6137671    

2889359    

2240920    

648439    

Fuente:  Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia (https://computo.oep.org.bo/#) y Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de Estados Americanos, Análisis de Integridad Electoral. Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. 20 de octubre de 2019. Informe Final, 4 de diciembre de 2019 (http://www.oas.org/es/sap/deco/Informe-Bolivia-2019/).

 

Elección para Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia (20 de octubre de 2019)

Tabla 4. Resultado del análisis de la OEA de las actas del cómputo electoral (relativos)

Etapa/Cambio

Mesas

Inscritos

Válidos

MAS-IPSP

CC

MV

ACTAS CON IRREGULARIDADES

0.67%   

0.62%   

0.63%   

90.97%   

2.78%   

88.19%   

ACTAS SIN IRREGULARIDADES

99.33%   

99.38%   

99.37%   

46.80%   

36.73%   

10.07%   

CÓMPUTO ELECTORAL

100.00%   

100.00%   

100.00%   

47.08%   

36.51%   

10.56%   

Fuente:  Órgano Electoral Plurinacional de Bolivia (https://computo.oep.org.bo/#) y Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de Estados Americanos, Análisis de Integridad Electoral. Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. 20 de octubre de 2019. Informe Final, 4 de diciembre de 2019 (http://www.oas.org/es/sap/deco/Informe-Bolivia-2019/).

 

Esta conclusión general no pretende negar el hecho de que el informe documenta la existencia de operaciones que pudieron eventualmente provocar un distanciamiento de los resultados oficiales con respecto de la efectiva voluntad popular. La magnitud y recurrencia de estas irregularidades, de haber existido, debió ser motivo de su judicialización y derivar en la decisión bien fuera de repetir la votación en las mesas específicas donde hubieran ocurrido adulteraciones comprobadas o incluso de anular la elección en su totalidad, de resultar ello procedente y legalmente válido, lo que sería un asunto que tocaría analizar a juristas y, en todo caso, decidir a los ciudadanos bolivianos.

Los cambios temporales

Una de las mayores limitaciones que enfrenta un análisis forense de los resultados de la elección presidencial en Bolivia del 20 de octubre de 2019 que se realice de manera independiente es la carencia de información precisa respecto al momento de inclusión de los datos tanto en la trasmisión preliminar como en el conteo oficial, que es lo relevante.

Este cómputo final incluyó, por decisiones tomadas desde antes, poco más de mil quinientas fotografías de actas de mesas del exterior trasmitidas de manera remota. Además, recuperó 130 fotografías de actas no escaneadas de mesas ubicadas en el territorio nacional, aparentemente debido a la pérdida o quema de originales, según reporta la OEA, lo que si bien invalida el supuesto de absoluta separación entre el sistema de información preliminar y el cómputo definitivo, no repercutió en cambios numéricos, lo que se constata al cotejar los datos consignados en estas fotografías con los registros en las bases de datos integradas como producto de ambos procesos para el acopio y difusión de resultados.

Agraciadamente, en su informe final, este organismo incluye una tabla del cómputo electoral con marcas específicas de horarios, grados de avance y proporciones de votación reportada para los dos principales contendientes. Estos datos consideran el tramo posterior al 85 por ciento de acumulación de actas procesadas, porcentaje alcanzado después del  mediodía del 22 de octubre.

De su análisis, la OEA reitera la conclusión (ya expresada en el informe preliminar) de que “la victoria en primera vuelta de Evo Morales fue estadísticamente improbable, y que su proclamación se dio por un aumento masivo e inexplicable de los votos del MAS en el 5% final del cómputo. Sin ese aumento, aunque el MAS habría conseguido la mayoría de los votos, no habría obtenido la diferencia del 10% necesario para evitar la segunda vuelta. Este incremento se dio a partir de quiebres marcados en las líneas de tendencia de votación del oficialismo y de CC, a nivel nacional y departamental. El tamaño de las rupturas es extremadamente inusual y coloca en duda la credibilidad del proceso”.

Sin embargo, cuando se grafican los datos contenidos en la tabla en que la propia OEA reporta los datos del cómputo oficial, no se corrobora la existencia de esos quiebres marcados a los que hace referencia el organismo. Por el contrario: sea que se vea la distribución por contendiente de la votación adicionada durante lapsos dados (Gráfica 5) o que se observen las proporciones alcanzadas por cada uno en cortes horarios específicos (Gráfica 6); o bien que se tomen las distribuciones por candidato de la votación adicionada según tramos de avance porcentual en el cómputo (Gráfica 7) o que se vea la distribución del voto entre partidos alcanzada a determinado nivel de avance (Gráfica 8), lo que se observa es que en el tramo final de quince por ciento de acopio informativo, que demando alrededor de setenta horas, se dieron oscilaciones en las proporciones de votos adicionados  en cada tramo por cada uno de los principales candidatos, sin que se siguiera una tendencia uniforme, pero que dichas adiciones derivaron en una tendencia con pendiente constante y suave, donde la brecha entre los primeros lugares se iba ampliando paulatinamente.

Por tanto, de la revisión de la información difundida por la propia OEA del flujo de la votación en el cómputo oficial no podemos derivar trayectorias coincidentes con lo indicado en el informe, por lo que es inviable avalar a partir de estos datos las conclusiones a la que arriba este organismo. Al contrario, lo que pareciera poder constatarse es que se dio una ampliación sistemática del margen de victoria,  lo colocaría al ganador por encima de la marca de diez puntos demandada legalmente para reconocer su triunfo en la primera vuelta.

 


Referencias

Departamento para la Cooperación y Observación Electoral de la Secretaría para el Fortalecimiento de la Democracia de la Organización de Estados Americanos, Análisis de la Integridad Electoral. Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. 20 de octubre de 2019.Hallazgos preliminares. Informe a la Secretaría General, 10 de noviembre de 2019. Disponible en: http://www.oas.org/documents/spa/press/Informe-Auditoría-Bolivia-2019.pdf.

—–, Análisis de Integridad Electoral. Elecciones Generales en el Estado Plurinacional de Bolivia. 20 de octubre de 2019. Informe Final, 4 de diciembre de 2019. Disponible en: http://www.oas.org/es/sap/deco/Informe-Bolivia-2019/.

Federación Universitaria de Docentes de la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, Informe de observaciones técnicas al proceso de cómputo de resultados de las elecciones presidenciales octubre 2019, Sucre, Bolivia, 5 de noviembre de 2019.

Laakso, M. y R. Taagepera, “Effective Number of Parties: A Measure with Application to West Europe”, Comparative Political Studies, no. 12, 1979, pp. 3-27.

Tribunal Supremo Electoral, Reglamento para las Elecciones Generales 2019, aprobado mediante resolución TSE-RSP-ADM N° 230/2019 de 24 de mayo de 2019, La Paz, Bolivia, 2019.

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